Art. 27
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 17 dic 2019
Artículo 27
Entrada en vigor y aplicación
1. El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
2. El presente Reglamento se aplicará a los períodos contingentarios que comiencen del 1 de enero de 2021 en adelante.
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