Art. 3
Definiciones
En vigor desde 17 dic 2019
Artículo 3
Definiciones
A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
1)
«medio de transporte»: un vehículo de transporte por carretera o ferrocarril, un buque o una aeronave;
2)
«recipiente»: todo cajón, caja, receptáculo u otra estructura rígida utilizada para el transporte de animales o huevos que no sea el medio de transporte;
3)
«establecimiento de producción aislado de su entorno»: establecimiento cuyas estructuras, junto con unas medidas de bioprotección rigurosas, garantizan un aislamiento eficaz de la producción de animales con respecto a las instalaciones vinculadas y al medio ambiente;
4)
«bovino»: animal de las especies de ungulados pertenecientes a los géneros Bison, Bos (incluidos los subgéneros Bos, Bibos, Novibos y Poephagus) y Bubalus (incluido el subgénero Anoa), así como la descendencia de los cruces entre dichas especies;
5)
«establecimiento libre de “una enfermedad”
»: establecimiento que ha obtenido este estatus de acuerdo con los requisitos establecidos en el Reglamento Delegado (UE) 2020/689;
6)
«estatus de libre de “una enfermedad”
»: estatus de libre de una enfermedad determinada de un Estado miembro o una zona de este aprobado por la Comisión de conformidad con el artículo 36 del Reglamento (UE) 2016/429;
7)
«sin casos de “una enfermedad”
»: situación en la que ningún animal o grupo de animales de una especie concreta presentes en un establecimiento determinado ha sido clasificado como un caso confirmado de dicha enfermedad y se ha descartado cualquier caso sospechoso de haber contraído dicha enfermedad;
8)
«
“animales” destinados al sacrificio»: animales terrestres en cautividad que está previsto transportar a un matadero, ya sea directamente o después de someterlos a una operación de agrupamiento;
9)
«establecimiento de cuarentena autorizado»: establecimiento que ha obtenido la autorización de conformidad con el artículo 14 del Reglamento Delegado (UE) 2019/2035;
10)
«programa de erradicación aprobado»: programa de erradicación de enfermedades implantado en un Estado miembro o en una zona de este que ha sido aprobado por la Comisión de conformidad con el artículo 31, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/429;
11)
«ovino»: animal de las especies de ungulados del género Ovis y la descendencia de los cruces entre dichas especies;
12)
«caprino»: animal de las especies de ungulados del género Capra y la descendencia de los cruces entre dichas especies;
13)
«porcino»: animal de las especies de ungulados de la familia de los suidos que figuran en el anexo III del Reglamento (UE) 2016/429;
14)
«equino»: animal de las especies de solípedos pertenecientes al género Equus (incluidos los caballos, los asnos y las cebras) y la descendencia de los cruces entre dichas especies;
15)
«camélido»: animal de las especies de ungulados de la familia de los camélidos que figuran en el anexo III del Reglamento (UE) 2016/429;
16)
«cérvido»: animal de las especies de ungulados de la familia de los cérvidos que figuran en el anexo III del Reglamento (UE) 2016/429;
17)
«otros ungulados en cautividad»: ungulados en cautividad distintos de los bovinos, ovinos, caprinos, porcinos, equinos, camélidos y cérvidos;
18)
«establecimiento protegido contra los vectores»: una parte o la totalidad de las instalaciones de un establecimiento que estén protegidas contra los ataques de insectos del género Culicoides por medios físicos y de gestión adecuados y a las que la autoridad competente haya asignado el estatus de establecimiento protegido contra los vectores con arreglo al artículo 44 del Reglamento Delegado (UE) 2020/689;
19)
«período libre de vectores»: en una zona definida, el período de inactividad de insectos del género Culicoides, determinado de conformidad con la parte II, capítulo I, sección 5, del anexo V del Reglamento Delegado (UE) 2020/689;
20)
«ave de corral reproductora»: ave de corral con un mínimo de 72 horas de vida destinada a la producción de huevos para incubar;
21)
«ave de corral de explotación»: ave de corral con un mínimo de 72 horas de vida que se cría para producir carne, huevos para el consumo u otros productos o para la repoblación de aves de caza;
22)
«manada»: conjunto de aves de corral o de aves en cautividad con la misma situación sanitaria que estén guardadas en una misma nave o recinto y constituyan una unidad epidemiológica; en el caso de las aves de corral estabuladas, incluye a todos los animales que compartan el mismo espacio aéreo;
23)
«pollito de un día»: cría de ave de corral de menos de 72 horas de vida;
24)
«huevos sin gérmenes patógenos específicos»: los huevos para incubar procedentes de «manadas de pollos sin gérmenes patógenos específicos» según la Farmacopea Europea (16), destinados exclusivamente a usos diagnósticos, farmacéuticos o de investigación;
25)
«equino registrado»:
a)
animal reproductor de raza pura de las especies Equus caballus o Equus asinus inscrito o que reúna las condiciones para ser inscrito en la sección principal de un libro genealógico creado por una sociedad de criadores de razas puras o una entidad de cría ganadera reconocida de conformidad con los artículos 4 o 34 del Reglamento (UE) 2016/1012;
b)
animal en cautividad de la especie Equus caballus registrado en una asociación u organización internacional, bien directamente o a través de su federación o rama nacional, que gestiona caballos destinados a competiciones o carreras («caballo registrado»);
26)
«primate»: animal de las especies que pertenecen al orden de los primates, excluidos los seres humanos;
27)
«abeja melífera»: animal de la especie Apis mellifera;
28)
«abejorro»: animal de las especies pertenecientes al género Bombus;
29)
«perro»: animal en cautividad de la especie Canis lupus;
30)
«gato»: animal en cautividad de la especie Felis silvestris;
31)
«hurón»: animal en cautividad de la especie Mustela putorius furo;
32)
«otros carnívoros»: animales de especies pertenecientes al orden de los carnívoros distintos de los perros, gatos y hurones;
33)
«circo itinerante»: exhibición o feria circense que incluye animales o espectáculos con animales y que se desplaza entre Estados miembros;
34)
«espectáculo con animales»: cualquier espectáculo que se realice con animales para exhibiciones o ferias y que puede formar parte de un circo;
35)
«paloma mensajera»: toda paloma que se transporte o esté destinada al transporte desde su palomar hasta otro Estado miembro para ser liberada de forma que pueda volver volando al Estado miembro de origen.
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