Art. 2

Modelo de certificado oficial

En vigor desde 12 nov 2019
Artículo 2 Modelo de certificado oficial 1.   A efectos del artículo 21, apartado 1, y el artículo 29, letra c), del Reglamento Delegado (UE) 2019/2124, el modelo de certificado oficial establecido en la parte I del anexo del presente Reglamento se utilizará para la certificación oficial de partidas de productos de origen animal, productos reproductivos, subproductos animales, productos derivados, heno y paja y productos compuestos que se entreguen: a) a buques que salgan del territorio de la Unión (partidas destinadas al aprovisionamiento de buques o al consumo de la tripulación y los pasajeros); o b) desde un depósito situado en el territorio de la Unión a bases militares de la OTAN o de los Estados Unidos situadas en el territorio de la Unión o en un tercer país. El certificado oficial podrá expedirse mediante el SGICO tanto en papel como en formato electrónico. 2.   Cuando el contenido de las partidas se conforme en un depósito y esté compuesto de productos cuyos orígenes o categorías de productos sean distintos, la partida podrá ir acompañada de un único certificado oficial.
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