Art. 19
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 20 jun 2019
Artículo 19
Entrada en vigor y aplicación
1. El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
2. El presente Reglamento se aplicará a partir del 12 de julio de 2020.
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