Art. 16
Responsabilidades de Eurojust, Europol y la Fiscalía Europea
En vigor desde 17 abr 2019
Artículo 16
Responsabilidades de Eurojust, Europol y la Fiscalía Europea
Eurojust, Europol y la Fiscalía Europea:
a)
establecerán los medios técnicos para conectarse al ECRIS-TCN y serán responsables de mantener dicha conexión;
b)
impartirán a los miembros de su personal que tengan un derecho de acceso al ECRIS-TCN antes de autorizarlos a tratar los datos conservados en el sistema central, una formación adecuada que versará, en particular, sobre seguridad de los datos, normas de protección de datos y derechos fundamentales aplicables.;
c)
velarán por que los datos personales que traten en el marco del presente Reglamento estén protegidos de conformidad con las normas aplicables en materia de protección de datos.
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