Art. 1

Ámbito de aplicación

En vigor desde 25 mar 2019
Artículo 1 Ámbito de aplicación El presente Reglamento establece las medidas de carácter temporal que rigen el transporte de mercancías por carretera y la prestación de servicios regulares y servicios regulares especiales de transporte de viajeros en autocares y autobuses entre la Unión y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en lo sucesivo, «Reino Unido») tras su retirada de la Unión.
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