Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 25 mar 2019
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento establece disposiciones para la continuación de las actividades de movilidad por motivos de aprendizaje a que se hace referencia en los artículos 7 y 13 del Reglamento (UE) n.o 1288/2013 que tengan lugar en el Reino Unido o en las que participen entidades o personas del Reino Unido, y que hayan comenzado, a más tardar, en la fecha en que los Tratados dejen de aplicarse al Reino Unido.
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