Art. 12

Base de datos WHOIS

En vigor desde 19 mar 2019
Artículo 12 Base de datos WHOIS 1.   El Registro creará y gestionará con la diligencia debida un servicio de base de datos WHOIS con el fin de garantizar la seguridad, estabilidad y resiliencia del dominio de primer nivel «.eu» proporcionando información de registro exacta y actualizada sobre los nombres de dominio dentro del dominio de primer nivel «.eu». 2.   La base de datos WHOIS contendrá la información pertinente sobre los puntos de contacto que administran los nombres de dominio bajo el dominio de primer nivel «.eu» y los titulares de los nombres de dominio. La información incluida en la base de datos WHOIS no debe ser excesiva con relación al propósito de la base de datos. El Registro debe respetar el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (9).
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