Art. 89
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 12 mar 2019
Artículo 89
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2021, a excepción del artículo 87, que será aplicable a partir de la fecha de entrada en vigor.
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