Art. 6
Métodos de medida
En vigor desde 11 mar 2019
Artículo 6
Métodos de medida
La información que deba proporcionarse con arreglo a los artículos 3 y 4 se obtendrá con métodos de medida y de cálculo fiables, exactos y reproducibles, que tengan en cuenta el método de medida y de cálculo más avanzado reconocido que figura en el anexo II.
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