Art. 7
Formato de la solicitud
En vigor desde 5 feb 2019
Artículo 7
Formato de la solicitud
1. Los terceros deberán asignar un número de referencia único a cada documento que presenten a la autoridad competente en el marco de su solicitud.
2. Los terceros deberán incluir en su solicitud una explicación motivada de cualquier requisito del presente Reglamento que consideren no aplicable.
3. La solicitud a que se hace referencia en el artículo 1 deberá ir acompañada de una carta firmada por un miembro del órgano de dirección del tercero en la que se confirme que:
a)
la información presentada es completa y exacta según su leal saber y entender en la fecha de presentación de la solicitud;
b)
el solicitante no será ni una entidad regulada según se define en el artículo 2, punto 4, de la Directiva 2002/87/CE (5), ni una agencia de calificación crediticia según se define en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 1060/2009 (6).
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