Art. 5

Estructura de las tasas

En vigor desde 5 feb 2019
Artículo 5 Estructura de las tasas 1.   La solicitud a que se hace referencia en el artículo 1 deberá incluir información sobre las políticas de fijación de precios para la prestación de los servicios de cumplimiento de los requisitos STS y constar de todos los elementos siguientes: a) los criterios de fijación de precios y una estructura de tasas o un baremo de tasas para los servicios de cumplimiento de los requisitos STS para cada tipo de titulización para el que se ofrezcan dichos servicios (distinguiendo entre titulizaciones no ABCP y titulizaciones y programas ABCP), incluidos las directrices o los procedimientos internos que regulan de qué forma se utilizan los criterios de fijación de precios con el fin de determinar o fijar las distintas tasas; b) los pormenores de los métodos empleados para registrar cualesquiera costes específicos en los que se incurra en la prestación de servicios de cumplimiento de los requisitos STS, incluidos los gastos accesorios adicionales relacionados con la prestación de los servicios de cumplimiento de los requisitos STS, incluidos el transporte y el alojamiento, y, cuando el tercero tenga la intención de externalizar parte de la prestación de los servicios de cumplimiento de los requisitos STS, una descripción de cómo se ha de tener en cuenta dicha externalización en los criterios de fijación de precios; c) una descripción detallada de los procedimientos establecidos para modificar las tasas o apartarse del baremo de tasas, en particular con arreglo a cualquier programa de uso frecuente; d) una descripción detallada de los procedimientos o controles internos establecidos que garantizan y supervisan la observancia de las políticas de fijación de precios, incluidos los procedimientos o controles internos que supervisan la evolución de las distintas tasas a lo largo del tiempo y entre diferentes clientes a los que se prestan servicios de cumplimiento de los requisitos STS; e) una descripción detallada de los procesos empleados para revisar y actualizar tanto el sistema de costes como las políticas de fijación de precios; f) una descripción detallada de los procedimientos y controles internos empleados para mantener los registros relativos a los baremos de tasas, las distintas tasas aplicadas, o las modificaciones introducidas en las políticas de fijación de precios de los terceros. 2.   La solicitud a que se hace referencia en el artículo 1 deberá facilitar información sobre los siguientes aspectos: a) si las tasas se fijan antes de la prestación del servicio de cumplimiento de los requisitos STS; b) si las tasas prepagadas no son reembolsables; c) cualesquiera salvaguardas operativas destinadas a garantizar que los acuerdos contractuales celebrados entre el tercero y una originadora, una patrocinadora o un SSPE para la prestación de servicios de cumplimiento de los requisitos STS no incluyan una cláusula resolutoria contractual o no contemplen la resolución o el incumplimiento de contrato en caso de que el resultado de la evaluación del cumplimiento de los requisitos STS demuestre que la titulización no cumple los criterios STS.
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