Art. 33

Disposiciones presupuestarias transitorias

En vigor desde 16 ene 2019
Artículo 33 Disposiciones presupuestarias transitorias El procedimiento para la aprobación de la gestión de los presupuestos, aprobado con arreglo al artículo 11 del Reglamento (CEE) n.o 337/75, se llevará a cabo de conformidad con el artículo 12 bis de dicho Reglamento.
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