Art. 43

Solicitud de autorización de comercialización centralizada

En vigor desde 11 dic 2018
Artículo 43 Solicitud de autorización de comercialización centralizada 1.   Las solicitudes de autorizaciones de comercialización centralizadas se presentarán a la Agencia. Irán acompañadas del pago a la Agencia de la tasa de examen de la solicitud. 2.   La solicitud de autorización de comercialización centralizada de un medicamento veterinario indicará una denominación única para el medicamento veterinario que vaya a utilizarse en toda la Unión.
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