Art. 56

Aplicación del presente Reglamento a las operaciones en el marco de los FED anteriores

En vigor desde 26 nov 2018
Artículo 56 Aplicación del presente Reglamento a las operaciones en el marco de los FED anteriores El presente Reglamento se aplicará a las operaciones financiadas con cargo a los FED anteriores sin perjuicio de los compromisos jurídicos existentes. El presente Reglamento no se aplicará al Mecanismo de inversión en el marco de los FED anteriores.
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