Art. 28

Régimen administrativo con el Servicio Europeo de Acción Exterior

En vigor desde 26 nov 2018
Artículo 28 Régimen administrativo con el Servicio Europeo de Acción Exterior Los servicios de la Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior podrán acordar fórmulas concretas para facilitar la ejecución por parte de las delegaciones de la Unión de los recursos reservados para gastos de apoyo vinculados al 11.o FED de conformidad con el artículo 6 del Acuerdo interno.
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