Art. 15

Derogación

En vigor desde 20 nov 2018
Artículo 15 Derogación Queda derogado el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 869/2014, con efecto desde el 12 de diciembre de 2020. Únicamente se aplicará a las notificaciones de solicitantes recibidas después del 1 de enero de 2019 si se presentan con suficiente antelación para que los nuevos servicios ferroviarios de transporte de viajeros puedan comenzar antes del 12 de diciembre de 2020.
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