Art. 1

Excepción

En vigor desde 22 oct 2018
Artículo 1 Excepción 1.   El artículo 13, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento (CE) n.o 1967/2006 no se aplicará, en las aguas territoriales de Croacia, a las siguientes pesquerías: a) pesca de lisa (Mugilidae) con redes de cerco con jareta «ciplarica»; b) pesca de bonito (Sarda sarda), melva (Auxis rochei), bacoreta (Euthynnus alletteratus), pez de limón (Seriola dumerili) con redes de cerco con jareta «palamidara»; c) pesca de pejerrey (Atherina boyeri) con redes de cerco con jareta «oližnica»; y d) pesca de aguja (Belone belone) con redes de cerco con jareta «igličara». 2.   Las redes de cerco con jareta indicadas en el apartado 1 serán utilizadas por buques: a) que lleven un número de matrícula que figure en el plan de gestión croata adoptado por Croacia de conformidad con el artículo 19 del Reglamento (CE) n.o 1967/2006. b) que dispongan de un registro de capturas en la pesquería superior a cinco años y no den lugar a ningún aumento futuro del esfuerzo pesquero ejercido; y c) que sean titulares de una autorización de pesca y faenen en el marco del plan de gestión croata.
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