Art. 41
Aplicación de ciertas normas horizontales
En vigor desde 17 oct 2018
Artículo 41
Aplicación de ciertas normas horizontales
1. A los efectos de la indicación de determinadas sustancias o productos que causan alergias o intolerancias, contemplados en el artículo 21 del Reglamento (UE) n.o 1169/2011, los términos relativos a los sulfitos, los huevos y los productos a base de huevo y la leche y los productos lácteos que se utilizarán son los enumerados en el anexo I, parte A.
2. Los términos a que se refiere el apartado 1 podrán ir acompañados del correspondiente pictograma que figura en el anexo I, parte B.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2019:33:oj#art-41