Art. 24

Confidencialidad

En vigor desde 28 sept 2018
Artículo 24 Confidencialidad Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 25, la Empresa Común garantizará la protección de la información sensible cuya divulgación pudiera perjudicar los intereses de sus miembros o de los participantes en sus actividades.
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