Art. 5.tit_1
Terceros países y partes de su territorio a partir de los cuales se autoriza la entrada en la Unión de óvulos y embriones de équidos
En vigor desde 12 abr 2018
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2018:659:oj#art-5.tit_1