Art. 27
Resoluciones de una división de oposición o de una división de anulación adoptadas por un solo miembro
En vigor desde 5 mar 2018
Artículo 27
Resoluciones de una división de oposición o de una división de anulación adoptadas por un solo miembro
Con arreglo al artículo 161, apartado 2, o al artículo 163, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001, un solo miembro de la división de oposición o de la división de anulación adoptará las resoluciones siguientes:
a)
resoluciones sobre el reparto de gastos;
b)
resoluciones sobre la fijación de la cuantía de los gastos que se deben pagar en virtud de la primera frase del artículo 109, apartado 7, del Reglamento (UE) 2017/1001;
c)
resoluciones de desistimiento del procedimiento o resoluciones que confirman que no es necesario pronunciarse sobre el fondo;
d)
resoluciones de denegación de una oposición por inadmisible antes de que expire el plazo al que se hace referencia en el artículo 6, apartado 1, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625;
e)
resoluciones de suspensión de procedimientos;
f)
resoluciones en cuanto a unir o separar oposiciones múltiples, con arreglo al artículo 9, apartado 1, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625
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