Art. 1
En vigor desde 19 ene 2018
Artículo 1
El cuadro del anexo I del Reglamento (UE) n.o 605/2010 se modifica como sigue:
a)
la entrada relativa a los Emiratos Árabes Unidos se sustituye por el texto siguiente:
«AE
Los Emiratos de Abu Dabi y Dubái de los Emiratos Árabes Unidos (1)
0
0
+ (2)»
b)
se añade la entrada siguiente tras la entrada correspondiente a Marruecos:
«ME
Montenegro
+
+
+»
Historial de versiones
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Proeli:reg_impl:2018:83:oj#art-1