Art. 1

Art. 1

En vigor desde 19 ene 2018
Artículo 1 El cuadro del anexo I del Reglamento (UE) n.o 605/2010 se modifica como sigue: a) la entrada relativa a los Emiratos Árabes Unidos se sustituye por el texto siguiente: «AE Los Emiratos de Abu Dabi y Dubái de los Emiratos Árabes Unidos (1) 0 0 + (2)» b) se añade la entrada siguiente tras la entrada correspondiente a Marruecos: «ME Montenegro + + +»
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