Art. 1

Objeto y ámbito de aplicación

En vigor desde 18 dic 2017
Articulo 1 Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento especifica los detalles de la aplicación de la obligación de desembarque por lo que respecta al bacalao y la solla capturados en las pesquerías de arenque, espadín y bacalao en el mar Báltico.
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