Art. 1
Objeto
En vigor desde 11 dic 2017
Artículo 1
Objeto
El presente Reglamento establece normas que completan los Reglamentos (UE) n.o 1306/2013 y (UE) n.o 1308/2013, respectivamente, en lo que atañe a lo siguiente:
a)
el régimen de autorizaciones para plantaciones de vid;
b)
el registro vitícola;
c)
los documentos de acompañamiento reconocidos, la certificación y las normas para las importaciones de vino;
d)
el registro de entradas y salidas;
e)
las declaraciones obligatorias;
f)
los controles y la base analítica de datos isotópicos;
g)
las autoridades competentes y la asistencia mutua entre ellas;
h)
las sanciones;
i)
las notificaciones y la publicación de la información notificada.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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