Art. 56
Contratación dentro de una zona de programación
En vigor desde 23 nov 2017
Artículo 56
Contratación dentro de una zona de programación
1. Cada GRT de una zona de programación que utilice ofertas de reserva de balance establecerá unas normas para la liquidación de al menos las reservas de recuperación de la frecuencia y las reservas de sustitución conforme a los requisitos establecidos en el artículo 32.
2. Cada GRT de una zona de programación que utilice ofertas de reserva de balance liquidará al menos todas las reservas de recuperación de la frecuencia y las reservas de sustitución contratadas conforme a los requisitos establecidos en el artículo 32.
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