Art. 48

Cumplimiento de las cuotas y de los requisitos en materia de tallas mínimas

En vigor desde 15 nov 2017
Artículo 48 Cumplimiento de las cuotas y de los requisitos en materia de tallas mínimas 1.   A más tardar el 20 de agosto de cada año, los Estados miembros presentarán a la Comisión información sobre las capturas del año anterior de especies de la CICAA sujetas a cuotas y sobre el cumplimiento de las tallas mínimas. 2.   La Comisión remitirá esa información a la Secretaría de la CICAA a más tardar el 15 de septiembre de cada año.
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