Art. 4

Procedimientos y formularios de notificación

En vigor desde 29 jun 2017
Artículo 4 Procedimientos y formularios de notificación 1.   Las autoridades competentes notificarán a la AEVM las sanciones y medidas a que se refiere el artículo 33, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 596/2014 utilizando las interfaces del sistema informático, y la correspondiente base de datos, implantados por la AEVM para gestionar la recepción, el almacenamiento y la publicación de la información sobre esas sanciones y medidas. 2.   Las sanciones y medidas a que se refiere el apartado 1 se presentarán a la AEVM en informes en el formato que recoge el anexo II.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2017:1158:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil