Art. 3
En vigor desde 21 jun 2017
Artículo 3
El nombre al que se refiere el artículo 1 se protege como una unidad. El término «Pastarma», así como sus traducciones, puede seguir utilizándose en toda la Unión Europea, dentro del respeto de los principios y las normas aplicables en el ordenamiento jurídico de la Unión.
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