Art. 30

Presentación de la solicitud

En vigor desde 14 jun 2017
Artículo 30 Presentación de la solicitud 1.   Toda solicitud de marca de la Unión se presentará a la Oficina. 2.   La Oficina facilitará de inmediato al solicitante un recibo en el que figurará al menos el número de expediente, una reproducción, descripción u otra identificación de la marca, la naturaleza y el número de documentos y la fecha en que estos se reciban. Dicho recibo podrá emitirse por medios electrónicos.
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