Art. 18

Modificaciones del Reglamento (UE) n.o 1230/2012 de la Comisión (9)

En vigor desde 1 jun 2017
Artículo 18 Modificaciones del Reglamento (UE) n.o 1230/2012 de la Comisión (9) En el Reglamento (UE) n.o 1230/2012, el artículo 2, punto 5, se sustituye por el texto siguiente: «5)   “masa del equipamiento opcional”: la masa máxima de las combinaciones de equipamiento opcional que pueden instalarse en el vehículo además del equipamiento estándar, de acuerdo con las especificaciones del fabricante;».
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