Art. 18
Modificaciones del Reglamento (UE) n.o 1230/2012 de la Comisión (9)
En vigor desde 1 jun 2017
Artículo 18
Modificaciones del Reglamento (UE) n.o 1230/2012 de la Comisión (9)
En el Reglamento (UE) n.o 1230/2012, el artículo 2, punto 5, se sustituye por el texto siguiente:
«5) “masa del equipamiento opcional”: la masa máxima de las combinaciones de equipamiento opcional que pueden instalarse en el vehículo además del equipamiento estándar, de acuerdo con las especificaciones del fabricante;».
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