Art. 14
Cálculo de los precios de reserva correspondientes a los productos estándar de capacidad firme no anual en ausencia de factores estacionales
En vigor desde 16 mar 2017
Artículo 14
Cálculo de los precios de reserva correspondientes a los productos estándar de capacidad firme no anual en ausencia de factores estacionales
Los precios de reserva de los productos estándar de capacidad firme no anual se calcularán tal como se indica a continuación:
a)
en el caso de los productos estándar de capacidad trimestral, los productos estándar de capacidad mensual y productos estándar de capacidad diaria, conforme a la fórmula siguiente:
Pst = (M × T / 365) × D
Donde:
Pst es el precio de reserva del respectivo producto estándar de capacidad;
M es el nivel del multiplicador correspondiente al respectivo producto estándar de capacidad;
T es el precio de referencia;
D es la duración del respectivo producto estándar de capacidad, expresado en días de gas.
En el caso de los años bisiestos, la fórmula se ajustará de manera que la cifra «365» se sustituya por «366».
b)
en el caso de productos estándar de capacidad intradiaria, conforme a la fórmula siguiente:
Pst = (M × T / 8760) × H
Donde:
Pst es el precio de reserva del producto estándar de capacidad intradiaria;
M es el nivel del multiplicador correspondiente;
T es el precio de referencia;
H es la duración del producto estándar de capacidad intradiaria, expresado en horas.
En el caso de los años bisiestos, la fórmula se ajustará de manera que la cifra «8760» se sustituya por «8784».
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