Art. 4

Uso del registro de la flota pesquera de la Unión

En vigor desde 6 feb 2017
Artículo 4 Uso del registro de la flota pesquera de la Unión Los datos del registro de la flota pesquera de la Unión se utilizarán para aplicar las normas de la política pesquera común.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2017:218:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil