Art. 1
En vigor desde 14 oct 2016
Artículo 1
El anexo I octies del Reglamento (CE) n.o 329/2007 queda modificado de conformidad con el anexo del presente Reglamento:
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2016:1831:oj#art-1