Art. 1

Art. 1

En vigor desde 14 oct 2016
Artículo 1 El anexo I octies del Reglamento (CE) n.o 329/2007 queda modificado de conformidad con el anexo del presente Reglamento:
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2016:1831:oj#art-1