Art. 2
Elementos utilizados para el cálculo de los factores cuantitativos
En vigor desde 7 oct 2016
Artículo 2
Elementos utilizados para el cálculo de los factores cuantitativos
El cálculo de las tasas de impago a que se refiere el artículo 1 para cada categoría de calificación se realizará basándose únicamente en los elementos a los que la agencia externa de calificación crediticia (ECAI) para la que se esté realizando la correspondencia asigne la misma categoría de calificación, siempre que los elementos cumplan todos los requisitos siguientes:
a)
que pertenezcan a las «calificaciones de empresas» a que se refiere el artículo 3, letra a), del Reglamento Delegado (UE) 2015/2, y la asignación se efectúe sobre la base del emisor;
b)
que se les asigne cualquiera de las calificaciones siguientes:
i)
una calificación crediticia solicitada,
ii)
una calificación crediticia no solicitada que cumpla los requisitos del artículo 138 del Reglamento (UE) n.o 575/2013.
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