Art. 10

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 4 oct 2016
Artículo 10 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2018. No obstante, el artículo 9 se aplicará a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.
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