Art. 81
Solicitudes de excepción respecto de las disposiciones del título III presentadas por un propietario de módulo de parque eléctrico conectado en CC
En vigor desde 26 ago 2016
Artículo 81
Solicitudes de excepción respecto de las disposiciones del título III presentadas por un propietario de módulo de parque eléctrico conectado en CC
1. Las solicitudes de excepción respecto de las disposiciones del artículo 40, apartado 1, letras b) y c), del artículo 40, apartado 2, letras a) y b), y de los artículos 41 a 45 no estarán sujetas a lo dispuesto en el artículo 79, apartado 2, letras d) y e), cuando se refieran a un módulo de parque eléctrico conectado en CC que tenga o vaya a tener una conexión única a una sola zona síncrona.
2. La autoridad reguladora podrá establecer condiciones para las decisiones sobre las solicitudes de excepción a las que se hace referencia en el apartado 1. Entre ellas la condición de que el desarrollo de la conexión a una red multiterminal, o la conexión de un módulo de parque eléctrico más en el mismo punto, implicará la reevaluación de la excepción por parte de la autoridad reguladora o su cancelación. Al adopta una decisión relativa a una solicitud de excepción, la autoridad reguladora tendrá en cuenta la necesidad de optimizar la configuración entre el módulo de parque eléctrico conectado mediante CC y la estación convertidora de HVDC de terminal remoto, así como las expectativas legítimas del propietario del módulo de parque eléctrico conectado en CC.
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