Art. 44
Simulaciones de la conformidad de instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte
En vigor desde 17 ago 2016
Artículo 44
Simulaciones de la conformidad de instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte
1. En lo que se refiere a la simulación de la capacidad de potencia reactiva de instalaciones de demanda conectada a la red de transporte sin generación in situ:
a)
se deberá demostrar la capacidad de potencia reactiva de la instalación de demanda conectada a la red de transporte sin generación in situ, en el punto de conexión;
b)
se usará u modelo de simulación de flujo de carga de la instalación de demanda conectada a la red de transporte para calcular el intercambio de potencia reactiva en condiciones de carga diferentes. Las condiciones de carga mínima y máxima resultantes en el intercambio mínimo y máximo de potencia reactiva en el punto de conexión formarán parte de las simulaciones;
c)
la simulación se considerará favorable si los resultados demuestran la conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 15, apartados 1 y 2.
2. En lo que se refiere a la simulación de la capacidad de potencia reactiva de instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte con generación in situ:
a)
se usará un modelo de simulación del flujo de carga de la instalación de demanda conectada a la red de transporte para calcular el intercambio de potencia reactiva en condiciones de carga y de generación diferentes;
b)
deberán formar parte de las simulaciones las combinaciones de las condiciones de carga y de generación mínimas y máximas que se traducen en la capacidad mínima y máxima de potencia reactiva en el punto de conexión;
c)
la simulación se considerará favorable si los resultados demuestran la conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 15, apartados 1 y 2.
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