Art. 44 · Simulaciones de la conformidad de instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte

Art. 44

Simulaciones de la conformidad de instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte

En vigor desde 17 ago 2016
Artículo 44 Simulaciones de la conformidad de instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte 1.   En lo que se refiere a la simulación de la capacidad de potencia reactiva de instalaciones de demanda conectada a la red de transporte sin generación in situ: a) se deberá demostrar la capacidad de potencia reactiva de la instalación de demanda conectada a la red de transporte sin generación in situ, en el punto de conexión; b) se usará u modelo de simulación de flujo de carga de la instalación de demanda conectada a la red de transporte para calcular el intercambio de potencia reactiva en condiciones de carga diferentes. Las condiciones de carga mínima y máxima resultantes en el intercambio mínimo y máximo de potencia reactiva en el punto de conexión formarán parte de las simulaciones; c) la simulación se considerará favorable si los resultados demuestran la conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 15, apartados 1 y 2. 2.   En lo que se refiere a la simulación de la capacidad de potencia reactiva de instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte con generación in situ: a) se usará un modelo de simulación del flujo de carga de la instalación de demanda conectada a la red de transporte para calcular el intercambio de potencia reactiva en condiciones de carga y de generación diferentes; b) deberán formar parte de las simulaciones las combinaciones de las condiciones de carga y de generación mínimas y máximas que se traducen en la capacidad mínima y máxima de potencia reactiva en el punto de conexión; c) la simulación se considerará favorable si los resultados demuestran la conformidad con los requisitos establecidos en el artículo 15, apartados 1 y 2.
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