Art. 3

Períodos de gracia

En vigor desde 1 jun 2016
Artículo 3 Períodos de gracia Todo período de gracia concedido por los Estados miembros de conformidad con el artículo 46 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 será lo más breve posible y expirará, a más tardar, el 30 de septiembre de 2017.
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