Art. 14
Entrada en vigor y aplicación
En vigor desde 18 may 2016
Artículo 14
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor a los siete días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 6 de noviembre de 2016.
No obstante, el artículo 11, apartado 1, letra d), será aplicable a partir del 1 de octubre de 2017.
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