Art. 56

Simulaciones de conformidad de los módulos de parque eléctrico de tipo D

En vigor desde 14 abr 2016
Artículo 56 Simulaciones de conformidad de los módulos de parque eléctrico de tipo D 1.   Además de las simulaciones de conformidad de los módulos de parque eléctrico de tipo B y C establecidas en los artículos 54 y 55, excepto la capacidad para soportar huecos de tensión de los módulos de parque eléctrico de tipo B mencionada en el artículo 54, apartado 4, los módulos de parque eléctrico de tipo D estarán sujetos a la simulación de conformidad de la capacidad para soportar huecos de tensión de los módulos de parque eléctrico. 2.   En lugar de todas o parte de estas simulaciones mencionadas en el apartado 1, el propietario de la instalación de generación de electricidad podrá utilizar certificados de equipo emitidos por un certificador autorizado, que se deberán proporcionar al gestor de red pertinente. 3.   El modelo del módulo de parque eléctrico deberá demostrar que es adecuado para simular la capacidad para soportar huecos de tensión de conformidad con el artículo 16, apartado 3, letra a). 4.   La simulación se considerará correcta si el modelo demuestra la conformidad con las condiciones establecidas en el artículo 16, apartado 3, letra a).
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