Art. 1

Objeto

En vigor desde 13 abr 2016
Artículo 1 Objeto El presente Reglamento establece un marco de cooperación para facilitar el ejercicio de la libre circulación de trabajadores dentro de la Unión, de conformidad con el artículo 45 del TFUE, mediante la fijación de principios y normas sobre: a) la organización de la red EURES entre la Comisión y los Estados miembros; b) la cooperación entre la Comisión y los Estados miembros en lo que respecta a la puesta en común de los datos disponibles pertinentes sobre las ofertas de empleo, las demandas de empleo y los curriculum vitae (CV); c) las acciones llevadas a cabo por los Estados miembros y entre ellos para conseguir un equilibrio entre la oferta y la demanda en el mercado de trabajo, con vistas a conseguir un alto nivel de empleo de calidad; d) el funcionamiento de la red EURES, incluida la cooperación con los agentes sociales y la participación de otros actores; e) los servicios de apoyo a la movilidad relacionados con el funcionamiento de la red EURES que deben facilitarse a los trabajadores y los empresarios, promoviendo también así la movilidad de forma equitativa; f) la promoción de la red EURES a escala de la Unión a través de medidas de comunicación eficaces adoptadas por la Comisión y los Estados miembros.
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