Art. 122
Delegación de poderes en lo referente a los requisitos de trazabilidad de los productos reproductivos
En vigor desde 9 mar 2016
Artículo 122
Delegación de poderes en lo referente a los requisitos de trazabilidad de los productos reproductivos
1. La Comisión adoptará actos delegados de conformidad con el artículo 264 con respecto a los requisitos de trazabilidad de los productos reproductivos de animales terrestres en cautividad de las especies bovina, caprina, ovina, porcina y equina que complementen las normas establecidas en el artículo 121.
2. La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 264 con respecto a los requisitos de trazabilidad de los productos reproductivos de animales terrestres en cautividad de especies distintas de la bovina, caprina, ovina, porcina y equina, cuando sea necesario para:
a)
una aplicación eficiente de las medidas de prevención y control de enfermedades contempladas en el presente Reglamento;
b)
la trazabilidad de dichos productos reproductivos y de sus desplazamientos dentro de los Estados miembros y entre ellos, así como su entrada en la Unión.
3. Para adoptar los actos delegados contemplados en el apartado 1, la Comisión basará esos actos en las consideraciones siguientes:
a)
las especies de los animales terrestres en cautividad de los que proceden los productos reproductivos;
b)
la situación sanitaria de los donantes;
c)
el riesgo que conllevan tales productos reproductivos;
d)
el tipo de productos reproductivos;
e)
el tipo de recogida, elaboración, transformación o almacenamiento de productos reproductivos;
f)
los patrones de desplazamientos ligados a las especies y categorías de animales terrestres en cautividad de que se trate y de sus productos reproductivos;
g)
consideraciones relativas a la protección y conservación de las especies de animales terrestres en cautividad;
h)
otros elementos que puedan contribuir a la trazabilidad de los productos reproductivos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2016:429:oj#art-122