Art. 2

En vigor desde 13 ene 2016
Artículo 2 En el capítulo III, sección A, del anexo IV del Reglamento (CE) no 999/2001, el punto 3 se sustituye por el texto siguiente: «3. Las proteínas animales transformadas a granel procedentes de animales no rumiantes y los piensos compuestos a granel que contengan tales proteínas animales transformadas se transportarán en vehículos y contenedores que no se utilicen para el transporte de piensos destinados a animales de granja no rumiantes distintos de los animales de la acuicultura.».
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