Art. 30
Carta de porte CIM como declaración de tránsito para la utilización del régimen de tránsito de la Unión en soporte papel en relación con las mercancías transportadas por ferrocarril
En vigor desde 17 dic 2015
Artículo 30
Carta de porte CIM como declaración de tránsito para la utilización del régimen de tránsito de la Unión en soporte papel en relación con las mercancías transportadas por ferrocarril
Siempre que se utilice para las operaciones de transporte efectuadas en cooperación por compañías de ferrocarril autorizadas, la carta de porte CIM se considerará una declaración de tránsito para la utilización del régimen de tránsito de la Unión en soporte papel en relación con las mercancías transportadas por ferrocarril.
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