Art. 30
Plantillas de información cuantitativa anual para grupos — Información sobre fondos propios
En vigor desde 2 dic 2015
Artículo 30
Plantillas de información cuantitativa anual para grupos — Información sobre fondos propios
1. Las empresas de seguros y de reaseguros participantes, las sociedades de cartera de seguros y las sociedades financieras mixtas de cartera presentarán anualmente la información mencionada en el artículo 304, apartado 1, letra d), del Reglamento Delegado (UE) 2015/35, leída en relación con el artículo 372, apartado 1, de dicho Reglamento, utilizando las plantillas siguientes:
a)
plantilla S.23.01.04 del anexo I, para especificar información sobre los fondos propios, siguiendo las instrucciones que se dan en la sección S.23.01 del anexo III;
b)
plantilla S.23.02.04 del anexo I, para proporcionar información detallada sobre los fondos propios, por niveles, siguiendo las instrucciones que se dan en la sección S.23.02 del anexo III;
c)
plantilla S.23.03.04 del anexo I, para especificar información sobre las variaciones anuales en los fondos propios, siguiendo las instrucciones que se dan en la sección S.23.03 del anexo III;
d)
plantilla S.23.04.04 del anexo I, para proporcionar una lista de los elementos de los fondos propios, siguiendo las instrucciones que se dan en la sección S.23.04 del anexo III.
2. Las plantillas referidas en el apartado 1, letras b) y c), solo serán presentadas por las empresas de seguros y reaseguros participantes, las sociedades de cartera de seguros y las sociedades financieras mixtas de cartera que, para el cálculo de la solvencia del grupo, utilicen el método 1 según se define en el artículo 230 de la Directiva 2009/138/CE, ya sea exclusivamente o en combinación con el método 2 definido en el artículo 233 de dicha Directiva.
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